miércoles, 27 de octubre de 2010

EVR: “El proyecto que regula el cierre de calles y pasajes brindará mayor seguridad a miles de vecinos”


• Por 83 votos a favor y 2 en contra, la Cámara de diputados aprobó el Informe de la Comisión Mixta que regula el cierre de calles y pasajes por motivos de seguridad.
• El proyecto de ley deberá ser ratificado en el Senado, para luego ser enviado al Ejecutivo a fin de convertirlo en ley.


Teniendo en cuenta que hoy en día cerrar calles y pasajes es ilegal, el diputado Enrique van Rysselberghe valoró la aprobación por parte de la Cámara de diputados de un proyecto de Ley que otorga un espacio a los municipios para que autoricen este cierre, por un plazo de cinco años, renovables y por razones específicas, garantizando el libre acceso de ciertos servicios públicos y al mismo tiempo permitiendo el comercio, si es que estaba establecido con anterioridad.
Sobre el tema, el diputado UDI manifestó su total apoyo a este proyecto que va en la línea de brindarle mayor seguridad pública a miles de vecinos. Al respecto señaló: “Este proyecto, si bien no es la solución al tema de fondo de la delincuencia, entrega una herramienta participativa, en donde la comunidad de un pasaje tendrá en sus manos la decisión final, teniendo en cuenta que la mejor manera de crear conciencia y prevenir los delitos es enfrentando la delincuencia entre todos, manifestó Enrique van Rysselberghe”.
En cuanto a las restricciones, el legislador gremialista mencionó que el cierre no podrá ser ejercido en ciudades declaradas patrimonio de la humanidad o respecto de barrios, calles, pasajes o lugares que tengan el carácter de patrimonio arquitectónico o sirvan como acceso a ellos o a otros calificados como monumentos nacionales.

Normativa para optar al cierre

La autorización, deberá contar con un informe de las direcciones o unidades de tránsito, de obras municipales, de la unidad de Carabineros y el Cuerpo de Bomberos de la comuna, siempre que la solicitud sea suscrita por, a lo menos, el 90 por ciento de los propietarios de los inmuebles o de sus representantes, cuyos accesos se encuentren ubicados al interior de la calle, pasaje, vía local o conjunto habitacional urbano o rural que será objeto del cierre.
Además, la autorización deberá ser fundada, especificar el lugar de instalación de los dispositivos de cierre o control; las restricciones a vehículos, peatones o a ambos, en su caso y los horarios en que se aplicará. La municipalidad podrá revocarla en cualquier momento cuando así lo solicite, a lo menos, el 50 por ciento de los referidos propietarios o sus representantes.

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