jueves, 28 de octubre de 2010

EVR “Gobierno financiará fondo que impulsa energías renovables a pequeña escala”


• El espíritu del proyecto es financiar soluciones de energías renovables a pequeña escala, aplicables y replicables en zonas rurales, en zonas aisladas o de vulnerabilidad social.

Preocupado siempre de la innovación y el desarrollo el diputado Enrique van Rysselberghe destacó la creación del Primer Concurso de Proyectos para el Desarrollo de Soluciones con Energías Renovables no Convencionales (ERNC) a Pequeña Escala.
Desarrollado por Fondef de CONICYT y la División de Acceso y Equidad Energética del Ministerio de Energía, el fondo concursable comenzará las postulaciones el lunes 25 de octubre y se extenderán hasta el jueves 9 de Diciembre. Los proyectos tendrán un plazo máximo para su ejecución de 12 meses y el subsidio por parte de CONICYT será de un máximo de 10 millones de pesos, correspondiente a un tope del 80% del costo total del proyecto.
Para el diputado UDI el financiamiento de este tipo de iniciativa promueve un acceso equitativo a la energía para toda la población, rompiendo una brecha muchas veces infranqueable en las zonas más rurales en lo que respecta a obtener agua potable, conservar alimentos o comunicaciones, mencionó el legislador gremialista.
Junto a ello, Enrique van Rysselberghe valoró que el Gobierno del Presidente Piñera fomente el uso de energías renovables no convencionales. Sobre el mismo punto, el diputado por el distrito 44 mencionó que por medio de este fondo se busca desarrollar soluciones para la generación de energía eléctrica o de calor; generación de biogás a partir de biomasa vegetal y/o animal; bombeo, desalinización y/o purificación de agua; conservación de alimentos; sistemas de prospección energética para implementación de soluciones a pequeña escala, y otros similares, agregó van Rysselberghe.
En cuanto a los requisitos, pueden postular a este concurso las personas jurídicas nacionales, tanto públicas como privadas, que posean existencia legal de a lo menos dos años anteriores al momento de la postulación, y tengan como objetivo, indicado expresamente en sus estatutos o documentos de constitución, la realización de actividades de formación, capacitación, investigación o transferencia tecnológica.

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