miércoles, 10 de noviembre de 2010

EVR propone sistema de jubilación que permita ahorrar desde el momento del nacimiento del hijo


• El proyecto del diputado UDI, propone que todas las personas cuenten con una base mínima que asegure una pensión digna a todos los chilenos y chilenas, creando un sistema que abra una Cuenta de Ahorro Previsional de Inicio a todo chileno o chilena al minuto de nacer (específicamente en momento de inscribir su nacimiento en el Registro Civil).

“sesenta mil pesos al nacer, se pueden transformar en sesenta millones a los 65 años, y en $263,000 mensuales hasta los 85 años”. Con este propósito el diputado Enrique van Rysselberghe presentó dos innovadores acuerdos que buscan establecer un ahorro previsional voluntario para menores de edad y un sistema que crea una cuenta de ahorro previsional a todo chileno o chilena al momento de nacer para asegurar una pensión digna.
El parlamentario gremialista explicó que la idea de las iniciativas es que los menores de edad, al jubilar, cuenten con una pensión digna.
En esta línea el legislador ejemplificó que de depositarse en una cuenta de ahorro el monto de 3 Unidades de Fomento al momento del Nacimiento de un menor y considerando la mayor rentabilidad promedio anual obtenida por alguna de la Administradoras de Fondos de Pensiones en el periodo 1981 – 2001 y en el periodo septiembre 2002 – 2009, el monto acumulado en esta cuenta a la edad de jubilación sería de $63.216.828 para los hombres (65 años), y de $37.179.947,41 para las mujeres (60 años), lo que les permitiría optar a una pensión mensual, por 20 años, de $263.403 y $154.916, respectivamente. Lo anterior, sin perjuicio de la pensión a que de lugar el ahorro obligatorio o la que derive de la aplicación del pilar solidario.
Es así como que se propone un sistema de Cuentas de Ahorro Previsional de Inicio que cuente con características estables como la creación, al momento de nacer (inscripción en el Registro Civil) de una Cuenta Ahorro Previsional de Inicio a todo chileno y chilena nacido(a) en territorio nacional con un préstamo solidario de 3 Unidades de Fomento (U.F.), entregado por el Estado.
Dicha cuenta, dijo van Rysselberghe, sería administrada por la administradora de fondos que se determine adjudicataria a la fecha de nacimiento de conformidad de lo dispuesto por el artículo 160 y siguientes del Decreto de Ley Nº 3500 de 1980; asimismo, el préstamo debiera mantenerse en el Fondo Tipo A hasta que la persona cumpla la edad para jubilar.
Al momento de jubilar el Préstamo Solidario Inicial de 3 Unidades de Fomento deberá ser restituido al Estado y el resto de los fondos de la Cuenta de Ahorro Previsional de Inicio serán traspasados a la cuenta de capitalización individual para incrementar el monto de la pensión, y en caso contrario, generarán una pensión de vejez.
Si ocurre el fallecimiento de la persona antes de cumplir la edad para jubilarse del Decreto de Ley citado no constituirá masa de bienes del difunto, sino que dichos fondos serán restituidos al Estado.
El diputado Enrique van Rysselberghe sentenció que esta iniciativas tiene como único objetivo entregar al momento e jubilar una pensión digna a cada chileno y chilena, por ello, espera que el Ejecutivo acoja los acuerdos para que en corto plazo se pueda contar con una ley en estas materias.

1 comentario:

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